sábado, 11 de mayo de 2024

¿Qué desafíos trae la nueva Ley de Protección de Datos?

La evolución tecnológica y la globalización han planteado nuevos retos para la protección de los datos personales, ya que se ha incrementado la magnitud de la recogida e intercambio de información a nivel mundial...

Yarina Amoroso Fernández en Exclusivo 10/06/2022
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Protección de datos Martirena
La nueva ley reclama de una reorganización institucional para su gestión efectiva, no solo para los datos en manos del sector público, sino también el privado (Ilustración: Martirena/Granma).

El tratamiento de datos relativos a personas físicas debe estar concebido para servir a la humanidad. Se trata de un derecho inherente a la personalidad, conjuntamente con el derecho a la propia imagen y al honor en correspondencia al principio de la dignidad humana  que reconoce también nuestra Constitución. Lo verdaderamente importante, es mantener a la persona en su lugar de privilegio, como individualidad que sustenta la formulación de todas las políticas públicas y desarrollos que se efectúan en nuestra sociedad.

La evolución tecnológica y la globalización han planteado nuevos retos para la protección de los datos personales, ya que se ha incrementado la magnitud de la recogida e intercambio de información a nivel mundial.

Cada vez más, dado el avance en la infraestructura de redes y facilidades de acceso, los cubanos están presentes en Facebook, Instagram, Imo, WhatsApp, Twitter, Google, y en el ecosistema de plataformas nacionales también crece, por ende somos sujetos de las cláusulas y condiciones que éstas plataformas de servicios e intercambio datos nos imponen como usuarios. 

Aunque se antoja necesario señalar que el riesgo no radica de manera exclusiva en el tratamiento de datos que realizan estas compañías que nos controlan a través de internet, sino también en la propia falta de conciencia de las personas que difunden su información personal de manera desmedida, dejando al descubierto su vida personal e incluso aquellos que publican información ajena sin permiso.

De la misma manera que se cierra la puerta de la casa para evitar que los intrusos roben o utilicen las pertenencias, se debería cerrar la puerta al uso abusivo de datos que forman parte de esfera de la privacidad de cada individuo.

Cuando hablamos de datos personales, como explicita la norma, no nos referimos solo al nombre, número de carné de identidad y al correo electrónico, sino también a los datos más sensibles y así quedan recogido en el texto aprobado.

El texto de la Ley está dirigido a proteger todas las informaciones cuya divulgación pueda impactar negativamente en la privacidad de las personas, dado que tal como se reconoce por la doctrina y la jurisprudencia internacional, el Derecho de Protección de Datos alcanza a todo dato que bien identifique o permita identificar a una persona y conocer aspectos de su vida privada. Se trata de elementos que integran el contenido esencial del derecho a la protección de datos personales y, por tanto, su vulneración ocasionará la violación a estas normas.

Por otra parte, es, a su vez, fundamental, como hace la Ley,  dejar establecido toda la secuencia de principios que informan al derecho de protección de datos personales: Más que una declaración de intenciones, establece principios que se hacen efectivos a través del ejercicio de los derechos que los titulares de los datos tienen posibilitado.

Con la promulgación de la Ley de Protección de Datos, recientemente aprobada en la sesión extraordinaria del parlamento cubano, cambia para bien, el panorama alrededor de este sensible tema en el país. Se reconocen las normas que viabilizan las garantías y derechos constitucionalmente establecidos  y se imponen desafíos para su ejercicio a favor de la consideración de la centralidad humanista. Para ello reclama de una reorganización institucional para su gestión efectiva, no solo para los datos en manos del sector público, sino también el privado.

Los mandatados, deben superar el reto de lograr una adecuada aplicación de los preceptos de la ley. Ésta implica el equilibrio complementario entre protección de datos, información pública, seguridad, en tanto elemento fundamental para el desarrollo de nuestro Estado socialista de Derecho.

La ley se vale de una formulación propia de protección de datos personales, en vínculo con las tecnologías presentes y emergentes. Es fundamental que la norma contenga un sistema de contravenciones, pero, al mismo tiempo, que haya sido aprobada al unísono de todo el conjunto de disposiciones procesales y el propio Código Penal porque se crean las condiciones para evitar cualquier tipo de indefensión frente a un mundo tan tecnológicamente invasivo como el que comienza a ser parte del día a día de nuestra ciudadanía.

Unido a ello, además, y de manera intencionada se debe comenzar a promover una cultura de respecto a la privacidad propia y ajena, advirtiendo sobre riesgos y medidas de protección a la ciudadanía.

Hemos dado un importante paso, se han sentado los verdaderos cimientos que cumplen la triple función de servir como criterio de interpretación de las normas escritas, de colmar las lagunas o vacíos normativos y de constituir el único medio de asegurar el mínimo de unidad al sistema normativo.

La protección de los datos y la privacidad son una responsabilidad compartida. La colaboración de la industria permite la aceleración del apoyo del ecosistema tecnológico, a través del alineamiento de los estándares actuales de la industria informática. Las disposiciones jurídico – normativas deben acompasar esta realidad para facilitar efectivamente protección a las personas.

En consecuencia, un marco ético debe sostener los cimientos de la construcción de nuestro ecosistema digital, partiendo del respeto y la salvaguardia de la dignidad, en tanto contrapeso fundamental a la vigilancia omnipresente y a la notoria asimetría de poder que ahora confronta a las personas.La ley de Protección de Datos abre un largo camino que necesita del concurso de todos para efectiva aplicación y cumplir los fines para los que fue prevista desde la Constitución, en este aspecto también podemos y debemos ser un referente.


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Yarina Amoroso Fernández

Profesora y líder del Grupo de Investigaciones de Informática Jurídica del Centro de Gobierno Electrónico de la Universidad de las Ciencias Informáticas. Presidenta de la Sociedad Cubana de Derecho e Informática


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