sábado, 20 de abril de 2024

Cinco claves sobre la Política de Bienestar Animal en Cuba

De acuerdo al cronograma legislativo de la Asamblea Nacional del Poder Popular, el Decreto Ley sobre Bienestar Animal se aprobará antes de que finalice el mes de febrero...

Claudia Yilén Paz, Laydis Soler Milanés, Liz Armas Pedraza en Exclusivo 20/02/2021
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Ley de Bienestar Animal Cuba
La fundamentación legal de la Política de Bienestar Animal en Cuba tiene como base la Constitución de la República de Cuba aprobada en abril de 2019.

La temática relacionada con la Política de Bienestar Animal se ha mantenido en el debate popular con especial interés desde el proceso de referéndum constitucional, cuando se planteó la necesidad de promulgar una norma específica para la protección y el bienestar de los animales. Por la proximidad de la aprobación de esta política y su Decreto Ley, y el interés que genera, Cubahora comparte cinco claves para entender mejor el tema.

¿Cuál es la fundamentación legal y antecedentes de la Política de Bienestar Animal en Cuba?

La fundamentación legal de la Política de Bienestar Animal en Cuba tiene como base la Constitución de la República de Cuba aprobada en abril de 2019. En el Artículo 75 se expresa que “el Estado protege el medio ambiente y los recursos naturales del país”, mientras el Artículo 90, inciso j, se plantea que son deberes de los ciudadanos cubanos “proteger los recursos naturales, la flora y la fauna y velar por la conservación de un medio ambiente sano”.

Ahora bien, ya desde la década de los noventa se viene construyendo el camino para la Ley de Protección Animal, no exento de demoras y dificultades. En 1993 se emitió el Decreto Ley No. 137 de la Medicina Veterinaria y en enero de 2020 se aprobó la Resolución No. 537 del Ministerio de la Agricultura (MINAG) que pone en vigor dicho Decreto-Ley y unifica ambas normativas en un solo cuerpo legal. Así mismo, la resolución incluye el Decreto No. 20 de 2020, referido a las contravenciones de la Medicina Veterinaria.

Postal: Laydis Milanés/Cubahora

Luego, el 13 de noviembre de 2020, se aprobó la Resolución No. 538 del MINAG donde se presenta el Código de Ética de los médicos veterinarios, un documento sin antecedentes en Cuba y que establece los principios generales a cumplir por los profesionales que ejercen esta especialidad.

Por otro lado, el 22 de mayo de 2018 se aprobó la política de perfeccionamiento del sistema de sanidad animal en Cuba, en correspondencia con el Lineamiento 157 de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución para el periodo 2016-2021. Entre las misiones de la sanidad animal se encuentran evitar la introducción de enfermedades exóticas al país, dirigir el sistema de vigilancia, el diagnóstico veterinario y programas de prevención y control de enfermedades, lo que permite asegurar el control de las producciones del sector agropecuario y alimentario.

Postal: Laydis Milanés/Cubahora

De acuerdo al cronograma legislativo de la Asamblea Nacional del Poder Popular, el Decreto Ley sobre Bienestar Animal se aprobará antes de que finalice el mes de febrero por el Consejo de Estado, para después someter su reglamento a aprobación por parte del Consejo de Ministros y se publiquen ambos cuerpos legales en la Gaceta Oficial de la República.

¿Por qué se necesita una Política de Bienestar Animal en Cuba?

Teniendo en cuenta la importancia que tiene la atención a la población en la construcción de la norma jurídica, el Ministerio de la Agricultura ha sostenido varios encuentros con la Asociación para la Protección de Animales y Plantas (Aniplant) y con diferentes personas interesadas en estos temas. Asimismo, desde su sitio web, correo electrónico y sus sitios de redes sociales, se ha estado intercambiando con la población.

Entre las temáticas más recurrentes en el debate sobresalen la ausencia de un régimen de contravenciones y punitivo, que sancione las conductas lesivas al bienestar animal. Referidas estas a la caza, pesca, tráfico y comercio ilícito de animales de fauna silvestre, terrestre o marina en régimen especial de protección, amenazados o en peligro de extinción.

Asimismo, las insuficiencias en la asistencia veterinaria practicada por el sector empresarial y el deficiente aseguramiento de productos de uso veterinario para todas las especies.

Otras de las preocupaciones están relacionadas con el maltrato físico y mental al que son sometidos los animales de compañía y productivos, por algunos de sus poseedores, y también de los expuestos en zoológicos, acuarios y recintos de ferias. Además, los procedimientos inadecuados durante la recogida de animales de la vía pública, manejo y métodos de sacrificio, así como la práctica ilegal del enfrentamiento entre animales, inducido por personas con fines de lucro, que requiere una penalización como conducta delictiva.

Todo esto conlleva, sin dudas, a la necesidad urgente de crear una Política nacional que garantice no solo la protección a los animales, sino también su bienestar.

 

¿Quiénes están a cargo de la Política y su Decreto Ley?

El grupo de trabajo a cargo de la confección de la Política y su Decreto Ley está integrado por 42 personas de diferentes sectores y disciplinas, las cuales representan a las principales entidades encargadas de velar por la integridad de los animales en Cuba. Entre ellas figuran la Asociación Nacional para la Protección de Animales y Plantas, la Asociación Cubana de Medicina Veterinaria, la Asociación Sinológica de Cuba, el grupo Flora y Fauna, y la Facultad de Ciencias Veterinarias de la Universidad Agraria de La Habana, así como los grupos Ganadero y Forestal del Ministerio de la Agricultura, y otras instituciones científicas del país.

¿Qué metodología ha sido empleada para conformar la Política de Bienestar Animal y su Decreto Ley?

Para conceptualizar la política se estudió, primeramente, el Título 7 del Código Zoosanitario para los Animales Terrestres, de la Organización Mundial de la Sanidad Animal (OIE). Este apartado recoge, entre otras cuestiones, las recomendaciones y normas para garantizar el bienestar. Además, se tuvo en cuenta los acuerdos del Sexto Plan Estratégico de la OIE, donde se plantearon como directrices la conservación de la diversidad biológica, la toma de conciencia y respeto hacia los animales y la necesidad de reducir la transmisión de enfermedades.

Fuente: Organización Mundial de Sanidad Animal

Por otro lado, se realizó un diagnóstico en Cuba centrado, sobre todo, en los elementos que van en contra del bienestar animal. Como resultado se obtuvieron 16 problemáticas fundamentales relacionadas con la insuficiencia en la atención primaria de salud de las clínicas y consultorios veterinarios, el maltrato físico y mental a los animales por parte de algunos propietarios, irregularidades en el traslado y sacrificio de animales de la actividad pecuaria y la captura, caza, pesca y comercialización ilícita de estos.

Para el Decreto Ley se utilizó el método de Derecho comparado, es decir, la revisión de legislaciones sobre el tema, siempre teniendo en cuenta el sistema de derecho cubano y el modelo económico, político y social del país. De esta manera, constituye la norma reguladora de la tenencia responsable de animales con independencia de su clasificación en domésticos o productivos.

Además, para la versión definitiva del Decreto Ley, se tendrá en cuenta las opiniones y sugerencias de la población, a partir de la convocatoria realizada por el MINAG.

¿Cuál será el contenido de la Política de Bienestar Animal y el Decreto Ley correspondiente?

La Política de Bienestar Animal y el Decreto Ley correspondiente, en la versión propuesta para el debate popular, contempla la necesidad de crear refugios de animales en el país, la inclusión en el programa de estudio algunas especialidades y asignaturas que respondan y aborden las temáticas del bienestar animal, la cuantía de las multas en caso de violar las leyes establecidas y todo lo que gira en torno a las prácticas de peleas entre algunos animales. Así mismo, plantean como imprescindible la licencia veterinaria para cualquier actividad que incluya el uso de animales.

De acuerdo a lo publicado en el sitio web del MINAG, el Decreto Ley se dividirá en catorce capítulos que pueden ser consultados aquí.


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Claudia Yilén Paz

Periodista. Santiaguera de nacimiento e hija adoptiva de Matanzas, siempre cubana. Fan del chocolate y las golosinas. Recolectora de libros y canciones de Buena Fe.

Laydis Soler Milanés

Periodista, amante de la literatura y de la buena música.

Liz Armas Pedraza

Amante de los datos y el deporte. Periodista y cubana.

Se han publicado 2 comentarios


Excelente trabajo; ya hacia falta hace mchos años contar con una Ley de Protección animal.
 2/3/21 15:22

Gran  avance éste, pronto tendremos espacios donde llevar los animales desprotegidos curarlos y buscarle un hogar.

En la medida que se avance lograremos tener telefonos y lugares donde reportar el abuso animal!

Exitos!!!!!!!

 

Mirta
 20/2/21 11:17

Excelente trabajo muy detallado para todo aquel que quiera saber sobre la política del bienestar de los animalitos en Cuba.

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