jueves, 25 de abril de 2024

La aduana emite nuevas resoluciones sobre importación de productos

La Aduana General de la Re­pública (AGR) emitió nuevas normas para la importación de productos sin carácter comercial, dirigidas a todas las personas que arriben al país o reciban envíos desde el ex­tranjero...

Leticia Martínez Hernández en Trabajadores 11/07/2014
6 comentarios

La Aduana General de la Re­pública (AGR) emitió nuevas normas para la importación de productos sin carácter comercial, dirigidas a todas las personas que arriben al país o reciban envíos desde el ex­tranjero, las cuales aparecen publicadas esta mañana en la Gaceta Oficial no. 30 y entrarán en vigor a partir del primero de septiembre.

Según explicó a Granma Idalmis Rosales Milanés, vicejefa de la AGR, se trata de cuatro resoluciones, tres de la AGR y una del Ministerio de Finanzas y Precios, “que actualizan la política que la Aduana ha venido aplicando desde el 2011”.

Refirió la entrevistada que estas decisiones se tomaron a partir de un estudio que confirmó los altos volúmenes de importación que realizan determinadas personas con destino a la comercialización y el lucro, usando para ello los márgenes de importación no comercial establecidos hasta ahora.

Sobre estos casos registrados, Granma conoció algunos de los más significativos. En un año un pasajero importó, a través de la terminal 3 del Aeropuerto Interna­cio­nal José Martí, 41 monitores de computadoras y 66 televisores de pantalla plana. Otra persona trajo 34 impresoras, 58 monitores y 74 torres de computadoras, todo ello entre el 2011 y el 2014. A comienzos de enero del 2013, un pasajero llevó en su equipaje 1 695 unidades de rodamiento y otro en el mes de marzo cargó con 400 unidades de bombillos intermitentes para mo­tos; todas esas mercancías fueron decomisadas por comprobarse su carácter comercial.

Acerca de este asunto, Rosales Milanés aclaró que las personas naturales solo pueden realizar im­portaciones sin carácter comercial. En tal sentido, dijo, “se mantiene que el valor total de los artículos comprendidos en el equipaje, sujeto al pago de los derechos de aduanas —que no formen parte de los efectos personales— no podrá ex­ceder de 1 000 pesos. En tanto, los envíos no pueden pasarse de 200 pesos”.

Lo que sí cambia con las nuevas Resoluciones son las cantidades de algunos de los artículos que se im­portan por cualquier vía, sus valores, así como el peso y el cobro del arancel de las misceláneas contenidas en envíos postales, aéreos y ma­rítimos.

Así, la Resolución no. 207 establece el nuevo Listado de Valora­ción en Aduana para las importaciones sin carácter comercial. En él se precisa el tipo de artículo y el valor determinado por esta institución.

Como complemento, la Reso­lución no. 206 precisa el límite para la determinación del carácter co­mercial a las importaciones que realicen las personas naturales por cualquier vía. En ella se reitera que “la autoridad aduanera está facultada para determinar el carácter co­mercial en el caso de que las cantidades de un mismo artículo, su naturaleza, su función o lo reiterado de las importaciones, indiquen que se efectúa con fines comerciales”. Esta disposición también va acompañada de una lista que contiene las cantidades de artículos permitidos a partir de ahora.

Aclaró que se entiende como importación reiterada, “la acción de reincidir o repetir la operación de importación de misceláneas, artículos o productos de la misma naturaleza, según el criterio de la autoridad aduanera”, la que está facultada para decomisar las cantidades que excedan lo establecido.

“La entrada en vigor de estas disposiciones no obstaculiza el cruce ágil por frontera de los pasajeros que se ajusten a lo legislado, los que podrán seguir usando el llamado Canal Verde, por donde transitan quienes no deben realizar ningún pago ante aduana”.

“Es válido reiterar que las autoridades aduaneras aplican el carácter selectivo hacia aquellas personas que pudieran estar realizando alguna actividad para lucrar, a partir de bases de datos estadísticos que permiten hacer una selección lo más racional posible”, acotó la vicejefa.

Por otro lado, la AGR emitió además la Resolución no. 208 que de­termina el valor en aduana de los artículos que clasifican como misceláneas y se importan sin carácter comercial mediante envíos por vía aérea, marítima y postal.

Esta disposición sustituye a la no. 122 del 2012 y dispone que a partir de este momento el valor de importación de un kilogramo es de 20 pesos. Se mantiene que solo se podrán importar a través de envíos valores hasta 200 pesos, por lo tanto se reduce a 10 kilogramos el peso permitido para estas cargas.

En consecuencia, el Ministerio de Finanzas y Precios suscribió la Resolución no. 300, la cual establece que el abono de los aranceles por dichos envíos es en CUC y además “quienes los reciban estarán exentos del pago de impuestos por los primeros 30 pesos o su equivalente hasta 1,5 kilogramos, apuntó.
Las personas que reciban envíos por encima de los 30 pesos (1,5 kilogramos) y hasta un valor de 200 (10 kilogramos) pagarán el 100 %.

Precisó Rosales Milanés que “por las cargas que estén en Cuba pendientes de despacho cuando entren en vigor estas normativas, se abonarán los aranceles fijados por la Resolución no. 223 del 2012, vigente hasta el 30 de agosto”.

Sobre el término “misceláneas” utilizado en estas normas, explicó que lo comprenden artículos como calzado, confecciones, alimentos, productos de aseo personal y del hogar, bisutería, lencería, perfumería y similares.

La entrevistada comentó que “se mantiene el derecho de los colaboradores a traer al país el menaje de casa al término de su misión. Nin­guna de estas resoluciones cambia tampoco lo que está estipulado sobre los derechos sin pago de arancel por los efectos personales de los pasajeros; y lo mismo sucede para los que traen o envían diez kilogramos de medicamentos que están exonerados del pago”.

Es importante —concluyó— que las personas que viajen o reciban envíos se interesen en conocer las nuevas normas que aparecen pu­blicadas en la Gaceta este viernes, para estar al tanto de sus derechos y obligaciones, pues evitarían la co­misión de infracciones, disgustos, molestias y pérdidas de tiempo en las operaciones aduanales.


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Leticia Martínez Hernández

Madre y periodista, ambas profesiones a tiempo completo...

Se han publicado 6 comentarios


pedro
 9/9/14 14:56

Alguien tenia que tomar una desicion , quizas no justa para los que se benefician de ese comercio, los articulos se venden a precio elevado nada de baratos y se enriquece una minoria que nada tributa al estado, solo a su economia privada, mientras otros echan el resto para llevar el pan de cada dia.

Los colaboradores nada deben temer no se perjudican , segun la ley y como se escribió y divulgo,

 

 

qbano
 5/8/14 16:43

no puedo estar de acuerdo con estas regulaciones! me parecen un cierre de ojos ante nuestras realidaddes! un no me importa...! creo que deberían dar respuestas quienes crearon aprobaron la ley!

una pregunta como vamos a acceder a los articulos que mediante esta forma teniamos acceso -a mejor precio que nos oferta el estado-?

se trata de prohibir a toda costa o de resolver algun problema?

a alguien le importa la opinión del pueblo?

lajugada.cubava.cu

 

ALE
 29/7/14 9:26

me parece que el términ del artículo es algo redundante, no les parece que ya bastante disgusto proporcionan con tan arbitrararia ley

ALE
 29/7/14 9:18

espero ser afortunado en que me publiquen el comentario; pero parece increíble que sigan haciendo las mismas cosas una y otra vez, deveras estamos haciendo estas cosas para que avencemos como país, para el bien de la economía???

Reinaldo
 28/7/14 11:26

Ante todo gracias por la oportunidad de opinar y espero de algo sea util, Tambien quiero mencionar que de cierta forma me hago portavos de lo que se es opinion igualitaria de muchisimas personas pero que a diferencia de mi no tienen acceso a estas paginas de actualidad. En mi caso tengo mi familia casi en su totalidad en el exterior y mensualmente recivo envios de paquetes compuestos de forma miscelanea como ustedes le llaman, y no se trata mas que articulos de aseo personal en su mayoria, quizas algo de ropa o calzado ya sea para mi como para otra persona de la familia en fin nada fuera de lo normal y MUY  util, ya que dichos articulos especialmente los de aseo aqui escacean con mucha frecuencia o no tienen la calidad exigida, hay que ser realistas y reconocerlo. Mi pregunta es: Ahora pq tienen que pagar justos por pecadores? En mi opinion es una completa arbitrariedad, si su proposito es ponerle un freno al comercio ilegal o ... Etc no hay que tener dos dedos de frente para darse cuenta que esta es la solucion mas rapida no la mas justa pues para nada responde a los intereses y mas aun las necesidades del pueblo, Ustedes mismos estan obstaculizando una de las principales fuentes de alivio a las carencias. Como dice Taladrí; Saque usted sus propias conclusiones.  

nelson
 20/7/14 8:47

bueno dias soy cubano , medico estoy trabajando en Brasil, primera vez que descubro que esta pagina llamada cubaahora existe, bueno es que en cuba no tenemos acceso a internet, digo la gran mayoria , diria un 98 porciento, y por eso infelizmente el pueblo no puede en su mayoria opinar pór esta via, recoemndare a mis colegas por la internet que visiten esta pagina de mucha importancia, con noticias de interes nacional y extranjero y asi sean capaces de medir la matriz de opinion del pueblo, que ya necesita cambios en muchas cosas de interes economico principalmente , para lograr un socialismo mas duradero y fuertemente sustentable, principalmente para el pueblo  que es el que mas sufre la crisis economica en su bolsillo, ya he participado en varios forum desarrolllados en relacion a las nuevas regualaciones aduanales, y todos los comentariastas han opinado su inconformidad con estas regualciones, y estamos en contra de estas leyes , viendo las cosas desde el punto de vista como pueblo, siempre respetando a las autoridades, pero si estamos en desacuerdo, en lo personal repito critico esas regulaciones que fueron tomadas arbitrariamente , y de una forma directa e indirecta empeoran la ayuda que pueda resibir el pueblo que no tiene oportunidades como las tenemos muchos que no encontramos en el extranjero, reducir importaciones no es la mejor de las medidas si en los mercados estatales se encuentran las cosas muy caras y de mala calidad y casi siempre escasean , como ahora mismo el desodorante, el jabon , y otras mas que uno puede llevar a nuestras familias, analizen estas leyes y ponganse del lado del pueblo, muchas gracias por la oportunidad.

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