viernes, 19 de abril de 2024

Ley de aguas terrestres: tu propuesta cuenta (+ Infografía)

El nuevo Proyecto de Ley en fase de preparación recoge la experiencia de Cuba en el empleo de este recurso, y hay un sitio disponible para opinar...

Yuniel Labacena Romero en Exclusivo 27/01/2017
3 comentarios
Proyecto aguas terrestres
Ordenar la gestión integral y sostenible de las aguas terrestres es prioridad para el país.

Ordenar la gestión integral y sostenible de las aguas terrestres, un recurso renovable, limitado y esencial para la vida, es el principal propósito de una ley que deberá aprobarse en el país, y que desde noviembre del pasado año está disponible su proyecto en el sitio www.parlamentocubano.cu, para recibir opiniones a través del correo electrónico leydeaguas@anpp.gob.cu.

Como ha explicado el diputado José Luis Toledo Santander, presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular, la legislación se refiere a las aguas terrestres que se encuentran en la propia corteza o encima de ella —al margen de su composición física, química o bacteriológica— en el espacio que cubre la parte emergida del territorio nacional, limitada por la línea de costa.

Vale apuntar que el Proyecto de Ley recoge la experiencia de Cuba en el empleo de este recurso, así como el conocimiento de fenómenos como el cambio climático, con la premisa de que no se comprometa el acceso al agua potable para las próximas generaciones. En tal sentido, Toledo Santander sostiene que la sequía es un fenómeno silencioso que afecta el día a día del país, y por eso la ley enfatiza en la planificación nacional del uso del agua, con especial atención a organismos e instituciones que la emplean en la producción o servicios.

A juicio de Inés María Chapman, presidenta del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos —quien opinó en uno de los debates sobre el Proyecto de ley—, muchos problemas llegan mediante cartas y planteamientos de la población, y no está en una ley cómo resolverlos, cómo dirimirlos jurídicamente. Todo el mundo sabe usar el agua, pero no sabe por qué tiene que existir una ley, acotó, y precisó que la ley responde a elementos que la ciudadanía tiene en su cotidianidad.

Al hojear minuciosamente el documento, cada ciudadano puede entender por qué Cuba necesita de esta ley. Se señala que la gestión de las aguas terrestres requiere eficaz planificación para satisfacer el interés social, económico, medioambiental y de la salud: así como garantizar su preservación en armonía con el desarrollo económico y social sostenible. Igualmente, esta norma reconoce el acceso al agua potable y el saneamiento como derecho humano esencial, y el hecho de que ese recurso sea de dominio público.

De trascendental clasifica lo relacionado con el uso eficiente y seguro de la infraestructura hidráulica, la unidad de la planificación y gestión del agua en función del desarrollo económico y social, su uso racional y reutilización, la articulación de su gestión con la ambiental y territorial, la prevención y reducción de su contaminación, y el fomento de la cultura de su uso racional, entre otras cuestiones.

El Proyecto también fija lo concerniente a las cuencas hidrográficas, su delimitación y la planificación eficiente del líquido que contienen para las actividades de desarrollo económico, privilegiando la protección medioambiental. Se preocupa también por establecer las redes de monitoreo del ciclo hidrológico y la de la calidad de las aguas terrestres.

No menos importante son aquellos elementos que destacan sobre el patrimonio hidráulico estatal. En consonancia, el Proyecto de Ley determina que quien posea o tenga en usufructo, arrendamiento, administración o por otro concepto un bien de este tipo, está obligado a usarlo y conservarlo de acuerdo con la legislación. Se fija que el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INRH) exigirá la seguridad operacional de la infraestructura hidráulica.

A la par, la futura norma recoge que están obligados a presentar sus solicitudes de autorización, en el plazo de un año, quienes ya realicen actividades como: prestar los servicios públicos de provisión de agua, de agua potable, alcantarillado, drenaje pluvial y limpieza de fosas y tanques sépticos; quienes administren la infraestructura hidráulica de propiedad estatal efectúen el vertimiento de residuales líquidos o construyan pozos relacionados con las aguas terrestres, excepto los rústicos o criollos con fines domésticos o para el abastecimiento animal.

Entre las novedades de la legislación, ha explicado Edilberto Pérez, especialista de la Dirección Jurídica del INRH, está también la de contener un glosario mayor que el vigente, el cual permite elevar los conocimientos acerca del agua y sus regulaciones. La Ley incorpora otros aspectos novedosos, como el de Servidumbre, que establece voluntariedades y obligaciones determinantes de las vías que garantizan el uso de las aguas terrestres, agrega.

Recordemos que el uso del agua está regulado por el Acuerdo 72/2012 del Consejo de Ministros, que estableció su política nacional, hasta que en 2013 comenzaron las labores legales para redactar lo que es hoy el Proyecto de Ley de las Aguas Terrestres, y que responde a los Lineamientos aprobados en el VI y VII congresos del Partido. Las comisiones que organizan el ejercicio legislativo en este caso son las de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, Industria y Construcciones; y han participado además especialistas del INRH, cuyos integrantes han establecido un sistema de trabajo que garantice la oportuna respuesta a cada caso particular.

Las opiniones de cada cubano cuentan para perfeccionar cada día la propuesta legislativa, y por ello varios diputados y otras autoridades territoriales y especialistas han sostenido encuentros para seguir consolidando el texto. Refiere el sitio web de la Asamblea Nacional del Poder Popular que, en una primera etapa del debate, se formularon 37 solicitudes de aclaraciones de dudas y 95 propuestas de modificaciones. Y el Grupo de Trabajo encargado del documento ha considerado valiosas un 52,63 % de las sugerencias. Así que todavía estás a tiempo, tu propuesta cuenta.


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Yuniel Labacena Romero

Se han publicado 3 comentarios


senelio ceballos
 29/1/17 15:04

Cont..III Parte.....Uds los cubanos, como proyectistas y constructores...Yo diria que son muy buenos!!!..Pero..Como EXPLOTADORES...No creo que alguien quiera venir a invertir aqui!!!!...Estimado Yuniel y para todos aquellos que vayan a participar en la preparacion de la nueva ley..TENER presente ..Que cualquier red [electrica, GAS, agua etc]..Necesita tener  muy bien definido un termino  TECNICO-JURIDICO... Algo  que se llama..LIMITACIONES DE FRONTERAS o LINDEROS de responsabilidades....Porque de ese concepto..DEPENDE mucho que cualquier RED, sea propicia / atractiva para realizar en ella..INVERSIONES PARTICULARES y/u/o cooperativos, grupo de cuentaprpistas etc...Es decir..Para que se me entienda...Cienfuegos y Santa Clara con algunos de  sus pueblos y bateyes  tienen varias  fuentes de GENERACION  [de donde tomar el agua]...Por Ej. Cienfuegos recibe desde LOS POZOS DE PALMIRA, ademas tiene otra fuente de genracion /abasto desde EL DAMUJI..y otra tercera digamos desde PASO BONITO...Pero  a la vez PASO BONITO entrega a la ciudad de S.Clara ,Manicaragua etc...LA FUENTE DE GENERACION en este caso tiene un inversionista principal diganos el estado [INRH]...Donde comienza y termina las responsabildades de ese inversionista [AL POR MAYOR]?..porque las conductoras principales y estanque de filtros de cada ciudad son independiente por lo que  pueden ser inversionistas diferentes..Donde esta la frontera?..Luego vienen las conductoras secundarias que cada una puede tener su inversionista y/u/o cooperativa  independente..despues vienen las redes terciarias y entrada a los edificios que tambien  deben estar bien limitadas para atraer inversionistas / brigadas de cuentapropistas / firmas particulares etc..TODAS BAJO SUBASTAS  de los pobladores / usuarios de esas redes terciarias y servicios a los edificios y casas particulares...Hoy el sistema...ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS...todo pernenece al estado- inrh o a los gobiernos municipales.. [ en otras palabras..TODOS SON JEFES DE ESO..pero responsables  ante las leyes de nada] ....Despues de aquella visita..que al principio fue muy formal/seria etc..Despues de varios dias visitando obras y unas cuantas cervesitas en la linda presa del HANABANILLA para darles  las despedida....Mucho creo que ellos aprendieron  de nosotros los cubanos, que  no somos tan ...POBRESITOS en  tecnicos e ingenieros hidraulicos... y Yo como uno de los anfitriones recibi unas buenas lecciones -libre magistrales ...  DE COMO ATRAER LOS INVERSIONISTAS EN ESTA ESFERA...Yuniel si te es interesante luego seguimos..OK!!! VALE!! JOROCHO!!     El guajiro Capitan de los CB del ESCAMBRAY!!!

senelio ceballos
 28/1/17 4:45

continuacion..II Parte.            Cuarto....Yuniel escribio.....EN FASE DE  PREPARACION, RECOGE LAS EXPERIENCIAS DE CUBA EN EL EMPLEO DE ESTE RECURSO......Yo no seria tan categorico en usar el sustantivo del verbo gramatical..EMPLEAR... .Porque?...Corrian quizas los annos 1978-79...Tuve la suerte o quizas desgracia de recibir una gran delegacion de inversionistas hidraulicos de Mexico a las provincias centrales....[ Si tienen interes pueden  leerse ...MIS MEMORIAS  Tomo I Capitulo II ]...Tituladas y compuestas de varios TOMOS...TRABAJAR LA HIDRUALICA..ES COMO JUGAR CON FUEGO!!!   ....Ya cuando se retiraban estabamos parado y contemplando la bella presa de SAGUA , los alevines y la salida de sus canales magistrales..BELLISIMOS y Arquitectonicos....El jefe de la Delegacion al oido me dijo....cont  III Parte

senelio ceballos
 27/1/17 10:49

Saludos Yuniel!!..Bravo  que Ud y el colectivo de CUBAHORA.CU Nos han traido este TEMA....Creo muy oportuno y dejarlo largo rato aqui para  que puedan dar sus opiniones muchas personas.....   Primero..En el anteproyecto....Debe aparecer el agua como mercancia...[ Que se pueda vender y comprar]...Como en otros paises....Por Ej..LA COTORRA  ..de los manantiales de PALMIRA [Ciego montero]....PARA no caer despues que esa empresa.mixta  queda fuera de la Ley...Como en otros  casos de cooperativas, firmas o campesinos que tenga buen manantial en sus area geografica con caracteristicas para ser vendida..Puedan abrir alli una embotelladora [ cuentapropista digamos]...                                          Segundo..En el preproyecto de la ley...Debemos tomar las leyes , regulaciones y BUENAS EXPERIENCIAS..que existen en otros paises punteros en esas esferas del uso, conservacion y explotacion de los recursos acuiferos..Por Ej...Israel, Dubai,   Sauditas, japan...Paises que han demostrado al mundo ser los mejores y mas eficientes en el uso del agua....NO RECOMIENDO usar las leyes de Rusia como hicimos en nuestra generacion de la ERA de voluntad hidraulica...No cometamos otra vez esos errores...LOS CHECOS , que trabajaban con nosotros en el Equipo siempre me criticaban en aquellos annos.....                          Tercero...cuando en nuestra generacion INVENTAMOS los inspectores de cuencas dentro del ESQUEMA  del INRH....Dimos un paso de avance, yo recuerdo aquellas discusiones largas para escribir los estatutos/ deberes /derechos etc.....Pero..Cometimos un error que hoy nuestros hijos lo estan pagando caro.....Junto debimos PONER..DARLE...MAS AUTORIDAD LEGAL A ESAS PERSONAS-FUNCIONARIAS DEL INRH....o sea..CREAR Y ESCRIBIR LAS CONDICIONES que debe reunir ese puesto de trabajo....NIVEL PROFESIONAL, TRANSPORTE, NIVEL JURIDICO...listado de multas a los violadores fisicos y naturales etc..cont..luego seguimos ..                                                                                                        El guajiro cooautor de la obra mas potente hidraulicamente aun por construir  CHAE- Pico San Blas del Centro / Cienfuegos

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